LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
TÍTULO PRIMERO
DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
DE LOS ORGANOS DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION
Artículo 1o.- El Poder Judicial de la Federación se ejerce por:
I.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación;
II.- El tribunal electoral;
III.- Los tribunales colegiados de circuito;
IV.- Los tribunales unitarios de circuito;
V.- Los juzgados de distrito;
VI.- El Consejo de la Judicatura Federal;
VII.- El jurado federal de ciudadanos, y
VIII.- Los tribunales de los Estados y del Distrito Federal en los casos previstos por el artículo 107,
fracción XII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los demás en que, por
disposición de la ley deban actuar en auxilio de la Justicia Federal.
Fuente: http://bit.ly/lCFkEP
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