Introducción
En la antigüedad, la legislación penal
estaba muy dispersa y se encontraba escrita en un gran número de códigos,
leyes, cuerpos, etc., y se basaba principalmente en las leyes españolas. Para el s. XIX, en México, se
comenzaron a expedir leyes penales que se incluyeron en la Constitución
mexicana, y más tarde al darse cuenta los legisladores de que las leyes del
país eran complejas y oscuras, por combinarse con las españolas, decidieron
reunir todas las normas vigentes, a lo que llamaron el derecho de transición.
El proceso penal se llevaba a cabo
mediante la delación anónima, la acusación y la pesquisa general. Los juicios
eran secretos y se usaba el tormento para obtener la confesión; la sanción se
ejecutaba de forma pública; la cárcel era considerada como un lugar de
custodia, y las sanciones podían seguir a los descendientes de los criminales.
En un principio los ciudadanos eran
los dueños de la soberanía, sin embargo, con el paso del tiempo se la otorgaron
a los gobernantes, con el fin de que hicieran respetar sus derechos y así
elaboraran las leyes correspondientes, por lo que surge el Estado de Derecho.
De esta manera, el sistema jurídico ya estaba orientado a los individuos y no a
las instituciones; los actos jurídicos se apegaban a la división de poderes;
había igualdad jurídica e individualismo y se protegían las garantías
individuales.
Después de la promulgación de la
Independencia, los juristas mexicanos abogaron para que se elaborara un código
penal moderno, ya que se necesitaba un cambio en los procesos penales, por lo
que para 1862 se inició la propuesta del código criminal, que tomó forma para
entrar en vigor en 1872.
El delito y el
delincuente
El delito era considerado como la
infracción voluntaria de una ley penal, haciendo lo que ella prohíbe o dejando
de hacer lo que ella manda. Los delitos eran tipificados cuando constituían una
violación a la justicia moral y a la conservación de la sociedad.
Los criminales eran considerados
individuos que, de forma voluntaria, libre y consciente atentaba contra la
moral y/o el orden social.
La prelación de los
delitos y el código de los valores
Con el paso del tiempo cambió no sólo
la concepción del delito, sino también la medida del castigo, y dependiendo de
ésta, o de la pena que se aplicaba, se analizaba la jerarquía otorgada a cada
delito dentro de la escala de las transgresiones:
·
1.-
Homicidio
·
2.-
Robo
·
3.-
Delitos contra la familia y la moral
·
4.-
Ultrajes a la moral pública o a las buenas costumbres
El individuo se vio obligado a
reprimir sus acciones e impulsos, viéndose forzado a expresar su autodominio,
ya que los legisladores consideraban bajar las penas si el criminal refrendaba
sus pasiones y controlaba sus emociones, y si su violencia se justificaba al expresarla
de forma “civilizada” u honorable (como en una riña), y si actuaba en defensa
del honor propio o familiar.
En cuanto al terreno de las
injusticias por el género, la mujer no era admitida en la esfera judicial, no
podía ser juez ni jurado; la pena del delito dependía del sexo del infractor; a
las mujeres se les exigía mayor cuidado de su conducta moral que a los hombres,
y a las prostitutas se les castigaba con sólo salir a saludar a algún padre de
familia.
Tanto las leyes penales como el
proceso penal fueron evolucionando con el paso del tiempo, para adecuarlos a la
actualidad de las conductas de las personas en la sociedad. Los legisladores
mexicanos trataron de encajar las leyes en la sociedad mexicana, que si bien
tenían como base la legislación española, no cabían todas las situaciones en
esta sociedad.
Además, la concepción de lo que era un
delito o un criminal cambió dependiendo de las expectativas de vida que tenían
los legisladores, así como de sus propias convicciones y valores; por lo que al
ser una sociedad machista, daban ventaja al hombre en las penas y a las mujeres
les imponían castigos más duraderos.
En lo referente al criminal, el código
penal no hacía referencia a las características físicas, psicológicas,
culturales o económicas, ya que sólo partía de la idea de que en condiciones
normales, todos los hombres gozaban de libre albedrío o estaban en absoluta
libertad para escoger su destino y, por tanto, en idéntica posibilidad de
elegir el camino del bien o la senda del mal; no obstante, debían considerar
las causas que llevaban a la conducta delictiva para hacer un análisis integral
del delito, y así aplicar las normas correspondientes y la pena adecuada para
el castigo del delito. Por supuesto, esto se puedo llevar a cabo hasta la época
actual, en donde el derecho no es derecho si no se aplica y respeta la
justicia.
No hay comentarios:
Publicar un comentario