miércoles, 18 de julio de 2012

Crimen y Castigo (Elise Speckma) Parte 1


Introducción
En la antigüedad, la legislación penal estaba muy dispersa y se encontraba escrita en un gran número de códigos, leyes, cuerpos, etc., y se basaba principalmente en las leyes españolas. Para el s. XIX, en México, se comenzaron a expedir leyes penales que se incluyeron en la Constitución mexicana, y más tarde al darse cuenta los legisladores de que las leyes del país eran complejas y oscuras, por combinarse con las españolas, decidieron reunir todas las normas vigentes, a lo que llamaron el derecho de transición.
El proceso penal se llevaba a cabo mediante la delación anónima, la acusación y la pesquisa general. Los juicios eran secretos y se usaba el tormento para obtener la confesión; la sanción se ejecutaba de forma pública; la cárcel era considerada como un lugar de custodia, y las sanciones podían seguir a los descendientes de los criminales.
En un principio los ciudadanos eran los dueños de la soberanía, sin embargo, con el paso del tiempo se la otorgaron a los gobernantes, con el fin de que hicieran respetar sus derechos y así elaboraran las leyes correspondientes, por lo que surge el Estado de Derecho. De esta manera, el sistema jurídico ya estaba orientado a los individuos y no a las instituciones; los actos jurídicos se apegaban a la división de poderes; había igualdad jurídica e individualismo y se protegían las garantías individuales.
Después de la promulgación de la Independencia, los juristas mexicanos abogaron para que se elaborara un código penal moderno, ya que se necesitaba un cambio en los procesos penales, por lo que para 1862 se inició la propuesta del código criminal, que tomó forma para entrar en vigor en 1872.

El delito y el delincuente

El delito era considerado como la infracción voluntaria de una ley penal, haciendo lo que ella prohíbe o dejando de hacer lo que ella manda. Los delitos eran tipificados cuando constituían una violación a la justicia moral y a la conservación de la sociedad.
Los criminales eran considerados individuos que, de forma voluntaria, libre y consciente atentaba contra la moral y/o el orden social.
La prelación de los delitos y el código de los valores

Con el paso del tiempo cambió no sólo la concepción del delito, sino también la medida del castigo, y dependiendo de ésta, o de la pena que se aplicaba, se analizaba la jerarquía otorgada a cada delito dentro de la escala de las transgresiones:

·         1.- Homicidio

·         2.- Robo

·         3.- Delitos contra la familia y la moral

·         4.- Ultrajes a la moral pública o a las buenas costumbres
El individuo se vio obligado a reprimir sus acciones e impulsos, viéndose forzado a expresar su autodominio, ya que los legisladores consideraban bajar las penas si el criminal refrendaba sus pasiones y controlaba sus emociones, y si su violencia se justificaba al expresarla de forma “civilizada” u honorable (como en una riña), y si actuaba en defensa del honor propio o familiar.
En cuanto al terreno de las injusticias por el género, la mujer no era admitida en la esfera judicial, no podía ser juez ni jurado; la pena del delito dependía del sexo del infractor; a las mujeres se les exigía mayor cuidado de su conducta moral que a los hombres, y a las prostitutas se les castigaba con sólo salir a saludar a algún padre de familia.

Tanto las leyes penales como el proceso penal fueron evolucionando con el paso del tiempo, para adecuarlos a la actualidad de las conductas de las personas en la sociedad. Los legisladores mexicanos trataron de encajar las leyes en la sociedad mexicana, que si bien tenían como base la legislación española, no cabían todas las situaciones en esta sociedad.
Además, la concepción de lo que era un delito o un criminal cambió dependiendo de las expectativas de vida que tenían los legisladores, así como de sus propias convicciones y valores; por lo que al ser una sociedad machista, daban ventaja al hombre en las penas y a las mujeres les imponían castigos más duraderos.
En lo referente al criminal, el código penal no hacía referencia a las características físicas, psicológicas, culturales o económicas, ya que sólo partía de la idea de que en condiciones normales, todos los hombres gozaban de libre albedrío o estaban en absoluta libertad para escoger su destino y, por tanto, en idéntica posibilidad de elegir el camino del bien o la senda del mal; no obstante, debían considerar las causas que llevaban a la conducta delictiva para hacer un análisis integral del delito, y así aplicar las normas correspondientes y la pena adecuada para el castigo del delito. Por supuesto, esto se puedo llevar a cabo hasta la época actual, en donde el derecho no es derecho si no se aplica y respeta la justicia.




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